Modificación Sistema de Gratificaciones (Proyecto Boletín 13240-13)

Fecha de publicación: 16-02-22

Publicado por: LegalSkatt

Categoria Noticias

El proyecto fue presentado en noviembre de 2019 por Tucapel Jiménez y tiene por objeto modificar el sistema actual de gratificaciones, buscando supuestamente ampliar la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.

Fue aprobado por parte de la Cámara de Diputados en general y actualmente se encuentra en el Segundo Trámite constitucional, en el Senado, pasando a la revisión  por parte de la comisión del trabajo y previsión social.

El proyecto eliminaría el tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales establecido en el artículo 50 del Código del Trabajo y autoriza el pago de gratificaciones por esa vía solo si le permita al trabajador recibir una suma mayor al 30% de los excedentes de las empresas.

La comisión de Trabajo aprobó un grupo de indicaciones presentadas por el diputado Tucapel Jiménez (PPD), que introdujeron modificaciones al proyecto original, las cuales fueron ratificadas por la Sala de la Cámara. Una primera enmienda apunta a cambiar el artículo 47, estableciendo que las empresas y otras que persigan fines de lucro, y las cooperativas que estén obligados a llevar libros de contabilidad y que obtengan utilidades o excedentes líquidos en sus giros, tendrán la obligación de gratificar anualmente a sus trabajadores en proporción no inferior al 8% de las utilidades o excedentes, en aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 2.400 UF e inferior a 25.000 UF.

El tope será de 10% para aquellas que tengan ventas anuales iguales o superiores a 25.000 unidades de fomento e inferiores a 100.000 UF, y de 15% para aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 100.000 UF (grandes compañías) Además, la moción reforma el artículo 47 y propone que el cálculo se efectúe sobre el total de las remuneraciones anuales de los trabajadores que tienen derecho a recibirla, excluyendo a quienes no lo tienen.

Isidora Aguero.