LEY DE 40 HORAS DE JORNADA LABORAL

Fecha de publicación: 15-06-23

Publicado por: LegalSkatt

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La Ley N°21.561 vigente a partir de su publicación en el diario oficial (26 de abril de 2023) con entrada en vigencia a la misma fecha, realiza las siguientes modificaciones al Código del Trabajo

Reduce la jornada ordinaria de 45 a 40 horas semanales, lo que se hará de forma gradual:

  • De 45 a 44 horas para el año 2024
  • De 44 a 42 horas para el año 2026
  • De 42 a 40 horas para el año 2028.

  • Para trabajadoras de casa particular (puertas afuera) operará la reducción a 40 hrs semanales.
  • Para trabajadoras de casa particular (puertas adentro), se mantiene el sistema actual, con un descanso minimo de 12 horas diarias y una compensación de dos días de descanso mensual adicional. Estos podrán acumularse de común acuerdo hasta un período de tres meses.
  • Las madres, padres y cuidadores de menores de 12 años tienen derecho a una banda de hasta dos horas en total donde pueden anticipar o retrasar su ingreso o salida hasta en 1 hora.
  • Compensacion de horas extraordinarias por dias adicionales de feriados (hasta 5 días de feriados adicionales).
  • Se permite la distribución de la jornada ordinaria en 4 días de trabajo por 3 de descanso, conocida como 4×3. 
  • Se restringe la exclusión de jornada del artículo 22, inciso 2, del Código del trabajo sólo para quienes ejercen labores de alta gerencia y para quienes no están sometidos a fiscalización superior de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.
  • También permite la promediación de jornada; es decir, existirá la posibilidad de acordar con el trabajador que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de hasta cuatro semanas, con un tope máximo de 45 horas semanales. No se podrá superar más de dos semanas las 40 horas. Si el trabajador está sindicalizado, se requerirá acuerdo previo con el sindicato.
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